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26-08-2013  Nueva ordenanza de Fomento de la calidad del medio urbano

Estimado Comerciante:

Recientemente ha entrado en vigor la nueva ordenanza de “Fomento de la calidad del medio urbano”; que contiene referencias al sector comercial en relación con los residuos que se generan en esta actividad.

La Concejalía de Aseo urbano quiere dar a la mayor difusión a esta normativa, para poder evitar la aplicación de las sanciones contenidad en la nueva ordenanza.

En particular es de interesante conocimiento para usted:

Art. 30.- recogida “puerta a puerta”
Aquellos establecimientos que generen una cantidad de papel/cartón superior a 15 Kg./día, están obligados a solicitar la recogida selectiva por parte del ayuntamiento mediante el sistema de recogida puerta a puerta, sin cargo adicional para el titular del establecimiento y en las condiciones de retirada que se establezcan por el municipio.

Art. 50.- De los comercios.
1. Los establecimientos comerciales adscritos al servicio de “puerta a puerta”, estarán obligados a sacar los cartones y demás productos, en el horario establecido por el servicio.
2. Las cajas serán debidamente plegadas y atadas en paquetes, dejándose en el interior del recipiente de contención y en caso de estar totalmente llenos, podrán depositarse debidamente apilados junto a ellos.
3. En ningún caso podrán depositarse los residuos fuera del horario designado para la recogida “puerta a puerta”.
4. Fuera del horario establecido, los establecimientos comerciales están obligados a tener los residuos que generen en sus propias dependencias.

El horario que la empresa adjudicataria de la limpieza tiene para la “puerta a puerta” es de 14.00 a 17.00 horas.

A este servicio puede adherirse cualquier comercio de forma gratuita, llamando al teléfono 96 670 23 90.

La Concejalía de Aseo Urbano quiere dar la mayor difusión a esta normativa, para tener que evitar la aplicación de las sanciones contenidas en la nueva ordenanza.

Para cualquier duda al respecto pueden ponerse en contacto con el teléfono 96 571 02 50 ext 158 de la Concejalía de Aseo Urbano.
 

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